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14/05/20

Los juicios de lesa humanidad y la Comisión Interpoderes

El profesor de la Escuela de Derecho y la codirectora de la Maestría y Especialización en Derecho Penal analizaron la historia de los juicios de lesa humanidad en Argentina.

Por Mariano Borinsky y Jesica Sircovich


Palacio de Tribunales

Luego del Juicio a las Juntas Militares -en el que se juzgó a los comandantes en jefe que habían integrado el gobierno de facto en la Argentina entre 1976 y 1983, y culminó con el dictado de la “causa 13/84”-, hubo una segunda etapa en el proceso de juzgamiento de los delitos de terrorismo de Estado (que se inició con la declaración de nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final efectuada por el Congreso de la Nación; Ley 25.779, promulgada el 8/09/2003).

En la Corte Suprema, durante la presidencia del Dr. Lorenzetti, se dictaron fallos que desmantelaron las leyes de amnistía (“Simón”) y los indultos (“Mazzeo”), lo que abrió la posibilidad de llevar adelante juicios de lesa humanidad en todo el país. Ese nuevo escenario planteó la necesidad de organizarlos, y por iniciativa del Dr. Lorenzetti se creó la Comisión Interpoderes -en rigor, “Comisión para la Coordinación y Agilización de Causas por Delitos de Lesa Humanidad” (Acordada 42/08). Esa comisión funcionaba en la Corte Suprema, bajo la dirección de su presidente y con la presencia de representantes del Gobierno Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), de las Honorables Cámaras de Senadores y de Diputados de la Nación, del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, de magistrados de la Cámara Federal de Casación Penal, de jueces federales y de la Procuración General de la Nación.

El rol de dicha comisión fue dinamizar la tramitación de los juicios, e incluyó reuniones periódicas, cuyo objetivo fue hacer converger un canal de diálogo, discusión e inquietudes en ese ámbito amplio y democrático con el fin de aunar esfuerzos interinstitucionales para resolver conjuntamente las dificultades en la sustanciación de causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

Por su parte, la Cámara Federal de Casación Penal, en Acuerdo Plenario, por unanimidad de sus miembros, dictó la Acordada N° 1/12 mediante la cual se aprobaron Reglas Prácticas orientadas a facilitar el debido cumplimiento de las funciones jurisdiccionales y posibilitar una mayor dinámica y operatividad a las normas procesales en vigor dentro del marco legal imperante, aplicables a los juicios por delitos de lesa humanidad y procesos complejos. Tal medida se tomó a raíz del incremento de procesos complejos que se advertía, entre los que se contaban las causas por delitos contra la humanidad, de acuerdo a los informes relevados por la Comisión Interpoderes; que en los últimos años no fue convocada. Asimismo, el escenario actual de feria extraordinaria decretada por la pandemia de COVID-19 profundiza la urgencia sobre la temática, y nos interpela a considerar nuevas herramientas para su reactivación.

Como consecuencia de algunas presentaciones recibidas en la instancia de la Cámara Federal de Casación Penal durante la feria extraordinaria decretada por la pandemia del COVID-19 (entre las que se destaca la de la Titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, Dra. Ángeles Ramos), la Cámara Federal de Casación Penal -por intermedio de su presidencia-, con fecha 5 de mayo de 2020, dispuso recomendar a los tribunales orales que tengan en trámite juicios por causas de lesa humanidad, cuya conclusión permita realizarse por vía remota y/o que fuere posible sin gran desplazamiento de participantes, conforme los protocolos vigentes, procedan en consecuencia, con observancia de las medidas emanadas de la autoridad sanitaria. También expresó “sin perjuicio de la tarea que se pudiere realizar en el ámbito de este tribunal, para la elaboración de protocolos, con relación a la solicitud de convocar a la Comisión Interpoderes, toda vez que la misma ha funcionado en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, consultar al cimero tribunal acerca de la viabilidad de reanudar su funcionamiento, a fin de atender a las solicitudes efectuadas y procurar su avance”. De este modo, se encuentra habilitada la vía para trabajar conjunta, mancomunada e interdisciplinariamente, desde un ámbito plural, para poder tramitar los juicios de lesa humanidad en todo el país.

El COVID-19 cumple en nuestro país dos meses, mientras que los hechos vinculados con la última dictadura más de 40 años. En este contexto, se enmarca la decisión de la Presidencia de la CFCP de continuar, en la medida de lo posible, con la tramitación de las causas relacionadas con lesa humanidad -siempre que se cumpla con el resguardo al debido proceso legal y respeto de todas las garantías constitucionales-, así como la invitación a la convocatoria a la Comisión Interpoderes, aún durante la feria extraordinaria decretada como consecuencia del COVID-19 (de conformidad con el espíritu de la Acordada 14/20 de la C.S.J.N. y de las Acordadas 10 y 11 de la Cámara Federal de Casación Penal).

Lo importante es que el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad constituye una política de estado (cfr. Fallos 328:2056, voto del Dr. Lorenzetti).

Mariano Hernán Borinsky. Juez Cámara Federal de Casación Penal. Abogado, Especialista y Doctor en Derecho Penal, todos por la UBA. Presidente Comisión Reforma Código Penal. Profesor Universitario regular grado, posgrado y doctorado UBA, UTDT y UA.

Jesica Yael Sircovich, secretaria de cámara de la Sala IV Cámara Federal de Casación Penal. LLM University of Cambridge. Codirectora posgrados en penal Universidad Di Tella. Profesora Universitaria.