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Clarín
12/10/18

Un discurso inaugural que marcó diferencias de fondo

El discurso inaugural del nuevo presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, marcó diferencias de fondo con Lorenzetti sobre los límites de los jueces para interpretar las leyes y las declaraciones de inconstitucionalidad. Al respecto, el profesor de la Escuela de Derecho de la UTDT Roberto Gargarella interpretó que Rosenkrantz remarcó “la excepcionalidad de la declaración de inconstitucionalidad” y “la referencia al texto de la ley como primer paso y objeto de análisis de toda tarea interpretativa”.

Por Daniel Santoro

En su discurso inaugural, que quedó opacado por el escandalete sobre el control de la comunicación de la corte, Rosenkrantz marcó diferencias de fondo con Lorenzetti sobre los límites de los jueces para interpretar las leyes y las declaraciones de inconstitucionalidad, entre otros puntos clave. En un elaborado discurso de 17 páginas (Ver https://www.cij.gov.ar/nota-32081— Sin-reglas-no-hay-desarrollo-equitativo- y-sustentable-.html) pronunciado el lunes, también habló sobre el alcance de la independencia de los jueces.

Rosenkrantz, que es un académico experto en derecho civil, puntualizó que "sólo en casos excepcionales cabe declarar que una ley es inconstitucional".

En otras palabras, nunca podía considerarse inconstitucional una norma, por referencia a las propias "consideraciones políticas, morales y religiosas" de los jueces. Incluso entre jueces de instrucción hubo muchas declaraciones de inconstitucionalidad de leyes o partes de leyes.

Ahora, el nuevo presidente remarca que se trata de una función del máximo tribunal. Un juez, que pidió el anonimato, explicó en términos llanos esa definición: “nos dijo que si el Congreso votó una mala ley, una zapatilla, tenemos que aplicar una zapatilla aunque no nos guste”. Este juez de instrucción consideró que se trata de una visión más anglosajona del derecho que la escuela europea continental y sobre alejada del ex juez de la Corte Eugenio Zaffaroni y sus citas al filósofo francés Michel Foucault.

El discurso respondió al eje de este primer encuentro del llamado J20, capítulo judicial de la cumbre del Grupo de los 20, que giró alrededor de la pregunta: ¿cómo se construye un consenso para el desarrollo equitativo y sustentable y, en particular, cuál es el rol de los jueces en ello? Veamos por qué dijo que el desarrollo se debe enmarcar en el respeto a las leyes en un país con una historia que viene por el camino contrario. Durante el virreinato muchas órdenes del rey de España se las recibían y le ponían la frase: “se acata pero no se cumple”.

Luego, Rosenkrantaz enfatizó: “La independencia del Poder Judicial y la imparcialidad de los jueces no se satisfacen meramente con la independencia de otros poderes... Nos exige la independencia de nuestras propias convicciones ideológicas y políticas”.

Así apuntó a un poder judicial dividido entre miembros de la tradicional Asociación de Magistrados de la Nación y de la agrupación filo K “Justicia Legítima”.

Luego, destacó que “hay una tendencia creciente a la judicialización de absolutamente todos los asuntos”, y que los jueces están “sometidos a la crítica de los que creen que no tenemos legitimidad" por no haber sido votados por el pueblo, a la vez que se les exige que resuelvan "gran parte de los asuntos de interés, tarea para la que se requiere la legitimidad que muchos dicen que no tenemos”.

El discurso ya abrió el debate. El constitucionalista Roberto Gargarella interpretó que Rosenkrantz remarcó “la excepcionalidad de la declaración de inconstitucionalidad” y “la referencia al texto de la ley como primer paso y objeto de análisis de toda tarea interpretativa”. En cambio, de recurrir a interpretaciones sociológicas o psicológicas del derecho.

Sin embargo, Gargarella en su blog sostuvo que “de modo regular y no excepcional, el texto de cualquier Constitución exige de un esfuerzo interpretativo adicional. Ello así, no sólo por los factores propios del lenguaje natural (ambigüedades, vaguedades, lagunas, etc.), sino por la propia naturaleza de cualquier Constitución, que se compromete inevitablemente con valores y principios muy generales ("igualdad", "dignidad," "libertad", etc.) y conceptos indeterminados ("sostener", "cruel," etc.), que nos impiden, simplemente, "aplicar" el derecho”.

En países con una tradición de golpes como la Argentina, dice Gargarella, “decir "me apoyo en la historia/las tradiciones/la práctica/los precedentes" es decir muy poco o, lo que es peor, es abrir la oportunidad para decidir, finalmente, del modo en que uno prefiere”. 

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