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1/04/17

ABC de una sentencia penal

Para el profesor de la Escuela de Derecho, "una sentencia "fundada" hace posible la correcta transmisión y divulgación de su contenido, tanto al interior como al exterior del sistema judicial"

Por Mariano Borinsky
En los medios de comunicación (gráfico, oral, web, redes sociales), los conflictos judiciales ocupan un papel primordial. Sin embargo, si a un ciudadano "no abogado" se le pregunta por cuestiones de todos los días en la Justicia, muy pocos conocen su verdadero significado. Los medios de información comunican novedades judiciales pero no siempre explican técnicamente el contenido de aquéllas.

Un caso judicial penal es un conflicto social concreto planteado por las partes ante un juez que lo debe resolver. En consecuencia, hay que comenzar por determinar cuáles son las características del conflicto a resolver. También es importante considerar la oportunidad procesal en la cual se formula el planteo, que puede ser viable ante ciertas instancias judiciales y no ante otras superiores de revisión.

Escuchadas las partes, el juez debe decidir cómo resolver de modo imparcial.

Asimismo, resulta fundamental identificar cuáles son los hechos del caso. Son el punto de partida para determinar cuál es la ley aplicable, con la versión del texto legal que corresponde tomar en consideración para su examen. En efecto, es sabido que el derecho no es estático sino que depende de las valoraciones de la sociedad sobre la realidad, las cuales van cambiando con el curso del tiempo. Dichos cambios son recogidos por los legisladores (representantes de la sociedad), quienes los plasman en las leyes, a través de las distintas reformas legislativas que se sancionan en el Congreso de la Nación.

Asimismo, la ley aplicable permite identificar si la acción penal está vigente o si está prescripta por el paso del tiempo. El monto máximo de la pena de prisión prevista por la ley para cada delito es el que define el tiempo máximo de duración que tiene el sistema judicial para procesar el conflicto social con la posibilidad de condenar a quienes resulten culpables.

Otro aspecto esencial es la determinación si la condena es a prisión efectiva o en suspenso, teniéndose en cuenta si la pena a imponer supera los 3 años de cárcel. Durante el proceso corresponde decidir si se verifica la prisión preventiva, o no, en función de los peligros procesales de fuga o intento de obstaculizar la investigación.

Por otra parte, la identificación de las circunstancias relevantes de un caso y los hallazgos derivados de la búsqueda de antecedentes relevantes (entre ellos, sentencias del juez y de tribunales, preferentemente, superiores y, en particular, de la Corte Suprema), colocan al juez en condiciones de resolver el planteo de la parte de la manera más eficaz, sin soslayar el impacto que dicha solución implicará respecto de las afirmaciones que sobre una particular cuestión se hayan realizado en casos anteriores o se puedan realizar, eventualmente, en casos futuros, en los cuales el tribunal haya intervenido o tenga que intervenir oportunamente.

La evaluación de aquel "impacto" aparece en la tarea de la construcción de la "doctrina del precedente". Un caso puede considerarse "precedente" respecto de otro si y sólo si sus circunstancias relevantes resultan comunes (casos análogos). Cada caso presenta matices diferenciadores. Cuando la entidad de dichos matices no sea significativa (caso análogo), se podrá aplicar directamente al caso en examen la doctrina ya afirmada en un precedente.

En la solución del caso, también juega un papel importante la teoría jurídica del delito. Es la herramienta conceptual que sirve para conectar la ley con el caso concreto. No se trata de elaborar teorías sobre categorías dogmáticas (actividad académica) sino de aplicar dichas teorías a los hechos relevantes del caso para darle una solución (actividad jurisdiccional).

La teoría define al delito como una acción típica, antijurídica y culpable; en otras palabras, considera delito al ejercicio de actividad humana que encuadra en una conducta criminal (por ejemplo, homicidio), sin razón jurídica que la justifique (por ejemplo, legítima defensa), realizada por un sujeto que es penalmente responsable por lo hecho y pasible de que se le aplique una pena. Como se puede apreciar, el abordaje de un caso judicial requiere mucho más que "ver" qué dice la ley y "aplicarla sin más" a los hechos del caso, pero también es mucho más que buscar doctrina y jurisprudencia para resolverlo. La efectividad de la respuesta judicial al conflicto social que recibe el sistema judicial depende de la importancia que el juez y/o fiscal asignen a las particulares circunstancias del caso.

Por eso, es importante destacar que la doctrina y la jurisprudencia no resuelven el caso. Son elementos que ayudan en el estudio de la causa, con relevancia para la construcción de la "doctrina del precedente".

En otras palabras, el análisis de un caso que aplique el derecho articulándolo con las circunstancias relevantes comprobadas en la causa será una sentencia judicial.

En la sentencia (documento) se exterioriza el estudio del caso (actividad intelectual). Se estructura en tres partes: los "resultandos", los "considerandos" y la "parte dispositiva". Se denomina "resultandos" a la reseña de información sobre la causa y sobre la cuestión a resolver (carátula, partes, trámite procesal cumplido, síntesis del planteo de la parte peticionante/recurrente a resolver y de los argumentos de las otras partes). Se llama "considerandos" a los argumentos sobre la prueba de los hechos y la aplicación del derecho que efectúa el juez (tribunal unipersonal o colegiado, según el caso). Se designa "parte dispositiva" a lo que el juez resuelve en el caso (por ejemplo, procesar o absolver o condenar a una persona como autor de un delito, estableciendo una pena).

Dentro de los considerandos es importante reseñar de modo claro y conciso los hechos relevantes del caso. Esos hechos son la base de referencia de la posterior argumentación sobre las cuestiones de derecho que se analicen. La importancia de la explicitación de los hechos radica en la delimitación del alcance de la doctrina del caso (holding).

Las cuestiones de derecho relevantes para resolver el caso deben ser tratadas siguiendo un orden lógico. Primero, hay que examinar las cuestiones de "admisibilidad formal" (legitimación de las partes que hacen y responden los planteos, tribunal competente, etc.) y luego las cuestiones de "fondo" o sustanciales (por ejemplo, si el hecho investigado constituye tal o cual delito, en su caso si se lo sobresee, procesa o condenar al imputado por ese delito -según la etapa del proceso- y, en su caso, a qué monto de pena).

La argumentación sobre las distintas cuestiones de hecho, prueba y derecho que se analizan en la sentencia conformaran su fundamentación. Argumentar es el ejercicio de dar buenas razones para explicar el porqué de las conclusiones parciales (en los "considerandos") y definitivas (en la "parte dispositiva") que se toman en la sentencia.

La fundamentación de una sentencia es, por un lado, un presupuesto necesario para que las partes del proceso puedan ejercer el derecho de defensa en juicio. Por otro lado, la fundamentación brinda la posibilidad a los miembros de la comunidad -terceros ajenos al proceso- de controlar los actos de los integrantes del Estado que intervengan en la causa con diferentes misiones y funciones (por ejemplo: juez, fiscal, defensor oficial, perito oficial, querellante).

En otras palabras, la exigencia de fundamentación de las sentencias garantiza el debido proceso penal a las partes y la transparencia y control de la actividad estatal a los ciudadanos. Esas dos implicancias de la fundamentación justifican que se la considere un requisito de validez de toda sentencia judicial.

La fundamentación de una sentencia debe tener ciertas características para que cumpla su función de garantía. Los argumentos del razonamiento que se exponga (premisas y conclusiones) deben ser claros y precisos. Deben ser expresados mediante frases de estructura simple (sujeto, verbo y predicado) y de párrafos cortos que eviten la equivocidad de su contenido. Se debe utilizar lenguaje sencillo y directo en el desarrollo de las ideas, que no implica descartar el uso de lenguaje técnico jurídico propio del área de trabajo. Sin embargo, el uso de ese lenguaje especializado no debe impedir que la sentencia sea accesible a terceros. Lo importante es que el lenguaje técnico jurídico no se convierta en un lenguaje "judicial" sólo comprensible para los actores del sistema penal.

De ese modo, la sentencia resulta autosuficiente y accesible para cualquier persona ajena al trámite de la causa y al sistema judicial. Asimismo, es recomendable evitar o, al menos, minimizar el uso de latinazgos. En el mismo orden de ideas, el uso de expresiones tales como "Vuestra Señoría", "Excelentísimo Tribunal", "Vuestra Excelencia", aunque se constata en la práctica, resulta anacrónico.

En definitiva, las razones -expresadas de forma clara, concisa y precisa- y el razonamiento que liga unas con otras para sustentar las conclusiones que se adopten en el caso "deben" integrar la argumentación porque constituyen su sustancia. Así es que la sentencia debe explicitar, entre otras cosas, por qué determinada ley se aplica a ese caso, por qué la prueba reunida en el proceso es suficiente o no para condenar, por qué el hecho probado configura determinado delito, por qué el imputado es penalmente responsable por ese delito y por qué corresponde imponerle un determinado monto de pena. Todas las razones que el juez pueda haber debatido para la solución de un caso que no hayan quedado expuestas en la sentencia son ajenas a su fundamentación. Pues, ni las partes ni los terceros pueden conocerlas.

Al igual que el lenguaje técnico jurídico, las citas de doctrina y jurisprudencia (precedentes) son elementos característicos de la actividad que despliega el sistema judicial. Sin embargo, como ya se expresara, las citas de doctrina y jurisprudencia no resuelven el caso. Son elementos que "pueden" integrar la argumentación de un caso pero no son imprescindibles y tampoco alcanzan por sí solas para satisfacer el requisito de fundamentación de una sentencia.

La referencia a la jurisprudencia es relevante siempre que se trate de un caso análogo (precedente) y que el fallo en cita haya sido dictado por el mismo tribunal o por otro de la misma o superior jerarquía. Los fallos de la Corte Suprema tienen una importancia particular, en atención a que se trata del máximo tribunal de la estructura del sistema judicial argentino, último intérprete de la Constitución Nacional y, por dicha razón, los tribunales inferiores deben aplicar la doctrina de sus fallos en los casos que presenten circunstancias relevantes comunes. Algo semejante sucede con la jurisprudencia, opiniones consultivas e informes de los organismos internacionales a los que el Estado argentino les ha reconocido jurisdicción.

En síntesis, una sentencia "fundada" hace posible la correcta transmisión y divulgación de su contenido, tanto al interior como al exterior del sistema judicial, y constituye el mejor bastión comunicacional para evitar el riesgo de tergiversación, para que de esta forma las sentencias digan el derecho que "habla la gente".