Di Tella en los medios
Revista Noticias
8/12/11

En defensa del pecador

CASO GRASSI: El Episcopado encargó una revisión del juicio en el que el cura fue condenado por abuso sexual.

El polémico planteo de no respetar la justicia secular.
La Justicia que imparte un Estado secular, ¿podría no ser acatada por la Iglesia católica argentina por considerarla "falible" y "dependiente" del poder político? Las crecientes denuncias de abuso sexual por parte de curas, ¿pueden considerarse como un intento para "desacreditar" a la Iglesia, comparables a los "juicios por brujería" de la Edad Media? ¿Debería dejar de investigarse un caso de abuso sexual infantil si el damnificado se niega a denunciar al presunto abusador? Estas son algunas de las polémicas consideraciones que el prestigioso penalista Marcelo Sancinetti desarrolla en dos voluminosos libros a los que accedió NOTICIAS en exclusiva, en los que por encargo de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) analiza la causa judicial en la que el padre Julio César Grassi fue condenado por abuso sexual reiterado y corrupción de menores agravada.

Publicados en una edición privada, en ellos Sancinetti estudia el proceso de instrucción que comenzó en octubre del 2002 y derivó en el juicio oral contra el sacerdote realizado entre agosto del 2008 y junio del 2009. A lo largo de más de mil páginas pobladas de citas jurídicas y consideraciones técnicas, este penalista interpreta que el cura fue condenado sin pruebas fehacientes, pese a que la sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación bonaerense el año pasado. En su extensa argumentación, desarrolla algunas teorías cuanto menos controvertidas.
Por ejemplo, considera que aquel que alienta condenas judiciales por abuso sexual infantil, al "hacer gala de ser 'acusador de abusadores sexuales', gana para sí la imagen de que él mismo no es abusador". Sostiene también que "no se puede descartar que algunos de los escándalos (por abuso sexual) llevados a los tribunales" apunten a "poner en falta a la Iglesia Católica en sí" y advierte sobre los que denomina "falsos casos de abuso sexual". En la misma línea argumental del propio Grassi, atribuye a la periodista Miriam Lewin – responsable de la investigación emitida por el programa Telenoche Investiga que develó el abuso sexual– la "construcción de la acusación" y afirma que las víctimas
tienen un "discurso implantado desde afuera".

DICTAMEN PROPIO. El primer volumen de esta suerte de dictamen jurídico encargado por la Iglesia fue publicado a fines del 2010 y está dedicado al caso del adolescente abusado cuyas iniciales son "HOJ", conocido en los medios como "Ezequiel", por el que Grassi fue finalmente absuelto. Sancinetti considera que esta absolución, actualmente en revisión por la Corte Suprema, es "incontrovertible" –es decir, sin posibilidad de ser revertida–, y que la forma en que el acusado fue llevado a juicio por este caso "habilitaría una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las diferentes violaciones a un juicio justo".
El segundo tomo, concluido en mayo del 2011, desmenuza la acusación por el presunto abuso de "OA", conocido como "Gabriel", el único por el que Grassi fue condenado hasta ahora.
En él concluye que hubo una "inescindible ponderación subjetiva" por parte de los jueces a partir del relato de "un testigo único": la víctima. Incluso, en una paradójica comparación, hace un parangón con los "juicios de brujería" de la Edad Media. Sancinetti está terminando actualmente la segunda parte del análisis de este caso y habría un cuarto volumen referido
al adolescente "LG", conocido como "Luis", por el que el cura también fue absuelto en primera instancia.

La condena a 15 años de prisión que Grassi recibió en el 2009 fue ratificada por la Cámara de Casación bonaerense en septiembre del 2010, y apelada tanto por la defensa como por la querella ante la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires. Pese a haber sido encontrado culpable de tres hechos de abuso contra "Gabriel", se le concedió el beneficio de "prisión morigerada" en el domicilio que fijó ante la Justicia, lo que le permitió continuar con muchas de sus actividades y el ejercicio del sacerdocio, aunque tenga prohibido ingresar a la Fundación Felices los Niños.

Sin embargo, esta libertad de la que goza –solo estuvo preso 29 días– podría revertirse a partir del reciente dictamen de la Procuradora de la Provincia de Buenos Aires, al que también accedió NOTICIAS. En él, María del Carmen Falbo recomienda rechazar el recurso presentado por la defensa de Grassi y aceptar los presentados por los damnificados (ver recuadro pag. 143). Si bien el dictamen de la Procuración no es vinculante, suele ser tenido en cuenta por los miembros de la Corte en sus sentencias y podría implicar que Grassi tenga que cumplir prisión efectiva y que se admitan los otros dos casos en los que el cura fue absuelto.

"Este dictamen de Falbo se aleja del relato cuasi heroico en que Sancinettí ubica al cura, colocándolo como un monje víctima de una injusticia, y se ajusta a la condena que promovemos desde la querella por 17 hechos de abuso y corrupción de menores. Si la Jorge Oesterheld, confirmó que la revisión jurídica del caso Grassi que realizó Sancinetti fue encargada por la CEA "para ser enviada a los obispos de todo el país, ante las consultas que habían hecho, ya que había información dispersa sobre el tema". Pese a la extrema reserva con que se manejó el tema, esta revista pudo saber que fue la propia CEA la que le proveyó a Sancinetti todos los antecedentes y desgrabaciones del juicio, para que el abogado elaborara un análisis jurídico sobre los elementos de prueba que derivaron en la condena. En este sentido, el estudio es muy crítico del proceso llevado a cabo y defiende la inocencia de Grassi, a partir de las que denomina "contradicciones" que surgieron en la causa. Los principales ejes de la argumentación de Sancinetti fueron utilizados en la apelación que los abogados del cura presentaron ante la Corte Suprema bonaerense.

NOTICIAS consultó a Gallego sobre los dos volúmenes a los que tuvo acceso esta revista y tras leerlos, el abogado de la querella sostuvo que "son la versión académica de lo que decían Grassi y Raúl Portal por TV, y revelan una ideología ultramontana y reaccionaria".
Y opinó que Sancinetti "trabajó con información exclusivamente emanada de la defensa y del propio Grassi, por lo que el resultado es tan burdo y sesgado que se posiciona claramente a favor de su inocencia, al punto de que ni siquiera plantea dudas. Incluso, revela desconocimiento de cómo se investigan los crímenes sexuales y cómo se valoran las evidencias en esta clase de delitos".

LLAMATIVA COINCIDENCIA. Si bien desde la CEA no precisaron la cantidad de libros impresos, el costo del trabajo, ni quién lo financió, NOTICIAS pudo averiguar que se habrían editado alrededor de 200 ejemplares de cada volumen y que habrían sido solventados, al menos parcialmente, por la CEA cuyo titular, al momento de encargar el estudio, era el cardenal Jorge Bergoglio.

Pero lo más oneroso no habría sido la publicación en sí –en papel de buena calidad y tapas en color con reproducciones pictóricas de un artista barroco holandés del siglo XVII– sino los honorarios de Sancine-tti, uno de los juristas más prestigiosos y cotizados del país. Sancinetti ya había realizado un trabajo similar en el 2000 por encargo de la familia de Alfredo Yabrán para que defendiera la inocencia del empresario en el crimen del fotógrafo José Luis Cabezas. En ese momento, se comentó que por esa tarea habría cobrado un millón de dólares. En ese libro, llamado "El caso Cabezas", Sancinetti sugería que el jefe de custodia de Yabrán, Gregorio Ríos –condenado a perpetua como instigador– fue acusado sin pruebas valederas. Sus ya entonces extensos pergaminos académicos le dieron una pátina de imparcialidad a su análisis. Esta "coincidencia" en la tarea desarrollada por Sancinetti –antes en favor de la figura de Yabrán y ahora, de Grassi– no es la única: dos de los costosos abogados que tuvo el cura, Julio Virgolini y Jorge Sandro, fueron defensores de Ríos.

"No me extrañaría que Héctor Colella haya hecho un importante aporte de dinero para estos libros en defensa de Grassi", especuló Gallego. Colella es el empresario que Yabrán eligió antes de morir para cuidar de sus negocios y de su familia. Esta revista intentó contactarlo, a través de sus voceros, pero no hubo respuesta.

Durante el juicio, según publicó el diario Perfil, el apellido Yabrán había sobrevolado la sala cuando "Luis", uno de los chicos que denunció a Grassi por abuso, señaló que "periódicamente, a la sede la Fundación solía entrar Mariano Yabrán y lo hacía para pagar el sueldo de los contadores que él mismo puso". El adolescente agregó que las visitas se repetían "cada tanto" y que las camionetas 4x4 negras en las que se movilizaban, "causaban revuelo en Felices los Niños". NOTICIAS llamó a Sancinetti, pero este rehusó a dar precisiones sobre el trabajo que le encargó la CEA o el monto cobrado. "No puedo hacer manifestaciones al respecto, ni corresponde que diga nada.

Es un informe privado dirigido a los comitentes. Además, primero tendría que concluir el trabajo y ahora estoy terminando el tomo II/B", se limitó a responder.
LOBBY ECLESIÁSTICO. Pese a que desde el Episcopado aseguraron que la distribución estaba prevista únicamente entre los obispos, NOTICIAS pudo averiguar que varios ejemplares fueron enviados también al Vaticano, en Roma. Incluso, también habrían sido remitidos a miembros de la Corte Suprema, a camaristas bonaerenses y jueces federales.

Para Gallego, el encargo de la CEA "parecería enmarcarse en la estrategia defensiva de Grassi y revela que lo que se pretende es un dictamen desincriminatorio con el objetivo de influir en el ánimo de las instancias superiores como la Corte provincial y nacional y, eventualmente, justificar el no acatamiento de las decisiones de la Justicia argentina y apelar a la Corte Interamericana".

Según el abogado querellante, con estos libros y sus conclusiones, las autoridades eclesiásticas buscarían además "justificar que no se lo prive al condenado del ejercicio de su ministerio como sacerdote". De hecho, pese a la condena de primera y segunda instancia por abuso deshonesto y corrupción de menores, Grassi nunca perdió su condición de cura, ni se le impidió dar misa o confesar a los fieles.

En su defensa, el propio Grassi –en un reportaje publicado en el diario Perfil poco antes del fallo del Tribunal de Morón– había asegurado que "Bergoglio nunca le había soltado la mano".

Ese "apoyo" del entonces presidente de la CEA fue destacado nuevamente por el cura durante el juicio.

Sobre la actitud del cardenal porteño respecto de la situación de Grassi, Gallego dice que se reunió con Bergoglio antes del inicio del juicio y que "tanto en ese encuentro, en el que fue muy formal y escueto, como en sucesivas conversaciones con emisarios del Arzobispado, su postura fue cautelosa y respetuosa. Ahora, viendo los libros que encargó sobre Grassi, tengo que pensar que tuvo un doble juego o que cambió su postura. Porque es claro que hay un intento de influir en la Justicia para favorecer su situación o revertir su condena". NOTICIAS se comunicó con el vocero de Bergoglio, pero este declinó dar precisiones sobre el trabajo encargado a Sancinetti y derivó la consulta a la CEA.

La actitud del cardenal porteño parecería ir a contramano de la posición que viene tomando la Iglesia a nivel mundial, con la creciente admisión de los casos de abuso sexual por parte de curas y su condena pública. En este sentido, un alto funcionario del Gobierno nacional que tiene relación con las autoridades eclesiásticas, advirtió que "la cúpula de la Iglesia siempre tuvo una actitud de tapar los hechos de abuso deshonesto y pedofilia por parte de sacerdotes católicos.

Mientras que Benedicto XVI echó a curas de Irlanda y de los Estados Unidos acusados de esos delitos, acá no hubo condena pública por los casos más emblemáticos como Grassi o (Edgardo) Storni", el obispo de Santa Fe también condenado por abuso deshonesto.

Más allá de los cuestionamientos a la Justicia de un Estado secular planteados por el jurista Sancinetti, la última palabra la tiene ahora la Corte Suprema. Y más allá de la defensa de la Iglesia, el padre Grassi deberá acatarla.
MARIEL FITZ PATRICK mfitzpatrick@perfil.com
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

EN LIBERTAD
......Julio Grassi fue condenado en el 2009 a 15 años de prisión por abuso sexual reiterado y corrupción de menores agravada contra "Gabriel".
......El Tribunal de Morón desestimó las otras dos acusaciones, de "Ezequiel" y "Luis".
......El fallo fue confirmado por la Cámara de Casación en el 2010 y actualmente está apelado ante la Corte Suprema provincial.
......Solo pasó 29 días preso. Tiene un régimen de prisión morigerada. Puede salir de su casa, pero tiene prohibido entrar a la Fundación Felices los Niños.
JUEVES 1 DE DICIEMBRE, 18.25.
Grassi, al llegar a la casa que fijó como domicilio legal ante la Justicia, en San Justo.
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

LIBROS.
"Estudios sobre el caso Grassi", 1º y 2º Parte, se llaman los volúmenes que encargó la Conferencia Episcopal Argentina, presidida hasta hace un mes por el cardenal Jorge Bergoglio.
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

UN JURISTA COTIZADO
......Marcelo Sancinetti se graduó de abogado en la UBA en 1982, con un promedio de 9,5.
......Tiene un doctorado en Derecho de la UBA y otro de la Universidad Complutense de Madrid.
......Es profesor de Derecho Penal y Procesal Penal en la UBA y en la Universidad Torcuato Di Tella.
......En el 2000 escribió "El Caso Cabezas", por encargo de la familia de Alfredo Yabrán para defender la inocencia del empresario en el crimen del fotógrafo.
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

"El encargo de la CEA revela que se pretende justificar el no acatamiento de las decisiones de la Justicia y apelar a la Corte Interamericana".
Juan Pablo GALLEGO Abogado querellante
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

EXCLUSIVO
REVÉS JUDICIAL
OTICIAS accedió al dictamen de la Procuradora General de la Provincia de Buenos Aires, que hasta ahora se había mantenido en reserva. En esa resolución, María del Carmen Falbo recomienda "rechazar el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Grassi y acoger los presentados por los damnificados".
En sus argumentos, sostiene que "la condena del imputado por los hechos que damnifican a 'Gabriel', presentan innegable similitud con los que denunciaran 'Ezequiel' y
'Luis'. Circunstancia que permite por lo menos descartar que los rasgos de personalidad de Grassi resultaran incompatibles con la comisión de los hechos por los que resultara absuelto". Y advierte: "Es llamativo que ninguno de los peritos en psicología y psiquiatría que intervinieran en el caso evaluando a las víctimas desde su especialidad, hubiera afirmado que las versiones de 'Ezequiel' y 'Luis' fueran falsas o inducidas".
Deberá resolver la Corte.
DICTAMEN. La resolución de la procuradora Falbo podría agravar la situación judicial del sacerdote Grassi. Define la Corte.
«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«»«» 

EN EJERCICIO. Pese a la condena en dos instancias, Grassi puede seguir dando misa y confesando fieles.
 
Publicado en:
Link: